Instrumentos especializados

Instrumentos especializados
sobre la prohibición
y prevención de la tortura
La Convención de la ONU contra la Tortura
y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos
o Degradantes (Convención contra la
Tortura) es vinculante para los Estados Partes,
que el 30 de junio de 2002 ascendían a
130. Establece una serie de medidas con respecto
a la prevención, la investigación, el procesamiento
de los responsables, tanto en el
propio país como en el extranjero, y el ofrecimiento
de reparación a las víctimas. Determinadas
disposiciones de la Convención se ocupan
de la tortura y de los malos tratos, mientras
que otras, como las que hacen referencia a la
tipificación como delito, el procesamiento y
el ejercicio de la jurisdicción universal, sólo se
refieren a la tortura.v
La Declaración de la ONU sobre la Protección
de Todas las Personas contra la Tortura
y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos
o Degradantes (Declaración contra la
Tortura) es un instrumento más antiguo, y
muchas de sus disposiciones son similares a las
68 Contra la tortura • Manual de acción
de la Convención contra la Tortura. La aplicación
de sus disposiciones a los malos tratos
que no constituyen tortura es, en general, más
amplia que la de la Convención contra la Tortura.
Es un conjunto de normas, no vinculante
pero sí autoritativo, que son aplicables a
todos los Estados.3
Existen también dos tratados regionales que
se ocupan específicamente de la tortura:
— La Convención Interamericana para
Prevenir y Sancionar la Tortura dispone la
jurisdicción universal sobre la tortura en los
Estados Partes del continente americano, y
establece otras medidas con respecto a la investigación,
la prevención, el procesamiento y el
ofrecimiento de reparación. El 1 de octubre
de 2002 había 16 Estados Parte.4
— El Convenio Europeo para la Prevención
de la Tortura y otros Tratos Inhumanos
o Degradantes (Convenio Europeo para
la Prevención de la Tortura) dispone la creación
de un Comité (Comité Europeo para la Prevención
de la Tortura, CPT) autorizado para
visitar lugares de los Estados Partes (que ascendían
a 44 el 1 de octubre de 2002) donde hay
personas privadas de libertad.5 En virtud del
Protocolo núm. 1 del Convenio, existe la posibilidad
de que Estados que no son miembros
del Consejo de Europa sean invitados a convertirse
en Estados Partes.