Relación con otras

Relación con otras
normas de derechos
humanos
El Comité de Derechos Humanos ha afirmado
que el objetivo de la prohibición de la
tortura y los malos tratos en virtud del artículo
7 del PIDCP es «proteger la dignidad y la
integridad física y mental de la persona».137
Por lo tanto, este órgano ha vinculado la
prohibición de la tortura y los malos tratos a
dos importantes normas de derechos humanos:
el principio de dignidad humana y el
derecho a la integridad física y mental.
— El principio de dignidad humana se
cita en los preámbulos de la Carta de las
Naciones Unidas y de la Declaración Universal
de Derechos Humanos. El artículo 1 de
la Declaración Universal de Derechos Humanos
afirma que todos los seres humanos nacen
«iguales en dignidad y derechos». Los preámbulos
del PIDCP y del Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
afirman, con palabras idénticas, que
«la libertad, la justicia y la paz en el mundo
tienen por base el reconocimiento de la dignidad
inherente a todos los miembros de la
familia humana y de sus derechos iguales e
inalienables» y que «estos derechos se derivan
de la dignidad inherente a la persona
humana». Una declaración similar aparece
en el preámbulo de la Convención contra la
Tortura.138
La Asamblea General de la ONU ha afirmado:
«Todo acto de tortura u otro trato o
pena cruel, inhumano o degradante constituye
una ofensa a la dignidad humana y
será condenado como violación de los propósitos
de la Carta de las Naciones Unidas
y de los derechos humanos y libertades
fundamentales proclamados en la Declaración
Universal de Derechos Humanos
».139
En la Carta Africana de Derechos Humanos
y de los Pueblos, la prohibición de la tortura
y los malos tratos aparece en el artículo 5,
que comienza: «Toda persona tiene derecho
al respeto debido a la dignidad inherente al ser
humano».
Según el artículo 10 del PIDCP, toda persona
privada de su libertad debe ser tratada «humanamente
y con el respeto debido a la dignidad
inherente al ser humano» (véase el apartado 5.1).
El derecho a la integridad física, mental
y moral se reconoce de forma expresa en la
Convención Americana sobre Derechos
Humanos, que en los párrafos 1 y 2 de su
artículo 5 («Derecho a la integridad personal
») afirma:
84 Contra la tortura • Manual de acción
1. Toda persona tiene derecho a que se respete
su integridad física, psíquica y
moral.
2. Nadie debe ser sometido a torturas ni
a penas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes. Toda persona privada de
libertad será tratada con el respeto
debido a la dignidad inherente al ser
humano.140
El Protocolo Adicional I a los Convenios
de Ginebra de 1949 (artículo 11) califica
de infracciones graves del Protocolo, punibles
como crímenes de guerra, determinados
actos que ponen en grave peligro «la
salud […] [y] la integridad física o mental»
de personas en manos de potencias extranjeras
durante un conflicto armado internacional.
Al llegar a la conclusión de que los denunciantes
han sido sometidos a torturas o trato
cruel, inhumano o degradante, las comisiones
y los tribunales regionales de derechos humanos
han afirmado en diversas ocasiones que
se había producido una violación de la dignidad141
o de la integridad física o mental142 de
la víctima.
La Comisión Interamericana de Derechos
Humanos también ha tratado la tortura como
una violación del derecho a la seguridad de la
persona, según el artículo 1 de la Declaración
Americana de los Derechos y Deberes del
Hombre.143
Existen otros derechos humanos que también
pueden ser conculcados en casos de tortura y
malos tratos:
— El derecho a no sufrir discriminación,
si la tortura o los malos tratos se infligen de forma
discriminatoria o con el fin de discriminar,
como por ejemplo en el caso de la tortura
basada en el sexo.144
— El derecho a la libertad personal, si la
persona ha sido víctima de una detención arbitraria.
— El derecho a un juicio justo, si la tortura
o los malos tratos se utilizan para extraer
información o una confesión que se utiliza en
el curso de un proceso judicial.
— El derecho a la vida, si la tortura o
los malos tratos causan la muerte de la
víctima.
La tortura también es frecuente en casos de
«desaparición». La tortura, las «desapariciones
» y las ejecuciones extrajudiciales a menudo
van unidas.