Sudáfrica: la tortura
al descubierto durante
el apartheid
Peter Jacobs [víctima de tortura]: «Usted
me desnudó, me ató los pies con mi cinturón
azul, me tiró al suelo […] hubo un
momento, creo que la cuarta vez, cuando
pensé: “Voy a morir”, en que usted me
espabiló y me dijo: “Peter, te llevaré al
borde de la muerte tantas veces como
quiera. Pero aquí vas a hablar, y si eso
significa que vas a morir, no hay problema”.
¿Lo recuerda?».
Jeffrey Benzien [ex miembro de la Unidad
de Seguimiento de Terroristas]: «Admito
que es posible que lo haya dicho,
señor».
Peter Jacobs: «Quiero saberlo, quiero
que me lo diga, porque esto es importante
para mí. La Comisión de la Verdad
puede conceder una amnistía, pero esto es
importante para mí; ¿lo dijo?».
Jeffrey Benzien: «Sí, lo dije».
[…]
Jeffrey Benzien: «Éstas no eran órdenes
para una persona concreta, ahora vete y
tortura a esa persona […]. Estaba a la
orden del día, al interrogar a un terrorista
conseguías la información lo antes
posible utilizando cualquier método a tu
disposición. Y en mi caso era la tortura
[…] habíamos prestado declaración en
numerosos juicios y […] sobre todo cuando
se trataba de cosas como la tortura
[…] mentías, no lo admitías».
Gary Kruser [víctima de tortura]:
«¿Quién le ordenó mentir? Usted ha dicho
58 Contra la tortura • Manual de acción
que le dieron órdenes de mentir, así que
¿quién le ordenó mentir?».
Jeffrey Benzien: «Podría decir que me
dio las órdenes el teniente Liebenberg [su
comandante] […]. Era algo sabido, en ciertas
circunstancias tenías que mentir, y en
las situaciones en las que mi testimonio
podía dar una mala imagen del Departamento
de Seguridad, yo mentía. Era un
método aceptado».37
Este sorprendente diálogo se escuchó en
Ciudad del Cabo, Sudáfrica, en julio de 1997,
en una vista del Comité de Amnistía de la
Comisión de la Verdad y la Reconciliación,
organismo autónomo.
La Comisión de la Verdad
y la Reconciliación
La Comisión de la Verdad y la Reconciliación
fue creada en Sudáfrica en virtud de la Ley de
Promoción de la Unidad y la Reconciliación
Nacional núm. 34, de 1995. Sus atribuciones
eran amplias y poco comunes en comparación
con las «comisiones de la verdad» creadas para
examinar las violaciones de derechos humanos
en otros países.38 Esta legislación reflejó el
delicado equilibrio político y de poderes existente
en el momento de la transición democrática
desde el gobierno de minoría blanca
(apartheid) en 1994, y otorgó a la Comisión:
— autoridad para realizar investigaciones
y ordenar comparecencias;
— un amplio mandato para investigar pautas
de abusos contra los derechos humanos por
parte de funcionarios públicos y miembros de
organizaciones de la oposición a lo largo de un
periodo de 34 años;
— autoridad para formular recomendaciones,
como que las víctimas de los abusos obtuvieran
reparación; y
— competencias casi judiciales para amnistiar,
en determinadas condiciones, a responsables
de abusos contra los derechos humanos.
39
Aprobada durante el Gobierno de Unidad
Nacional, en el que participaron miembros del
anterior gobierno, la legislación había sido
objeto de un intenso debate en el gobierno, en
el Parlamento nacional y entre las ONG. El
origen de la decisión de incluir la autoridad
para conceder amnistías está en las difíciles
negociaciones políticas que desembocaron en
un acuerdo sobre una Constitución provisional
en 1993 y en la celebración de elecciones por
sufragio universal en 1994. Miembros del
gobierno del momento, y posiblemente también
miembros de organizaciones de la oposición,
sentían temor ante la posibilidad de enjuiciamientos
penales y responsabilidad civil por
delitos que se habían cometido en nombre del
apartheid o en su contra.40 Durante las negociaciones,
los partidos de la oposición resistieron
la presión del gobierno para que se concediera
una amnistía indiscriminada. El
compromiso alcanzado se reflejó en un epílogo
a la Constitución provisional, que establecía
que habría amnistía para delitos cometidos
por motivaciones políticas y que la futura
legislación establecería los criterios y procedimientos
para regular el proceso.41 Basándose
en esto, el nuevo gobierno presidido por
Nelson Mandela redactó un proyecto de ley
para la creación de una amplia comisión de
investigación con autoridad para conceder
amnistías.
Durante la elaboración del proyecto de ley
existía el temor de que los compromisos adquiridos
por el gobierno les llevaran a tomar la
decisión de que el organismo de investigación
propuesto estudiara las peticiones de amnistía
solamente a puerta cerrada. Sin embargo, las
presiones dentro del gobierno se contrarrestaron
con un debate abierto en el Parlamento y
un intenso trabajo de captación de apoyos por
parte de las ONG.42 El resultado final fue una
disposición en el artículo 20 de la Ley de Promoción
de la Unidad y la Reconciliación
Nacional, de 1995, según la cual cuando una
persona admitiese haber cometido «graves violaciones
de derechos humanos» en la petición
de amnistía, tenía que celebrarse una vista
pública. Debía informarse a la víctima o a sus
familiares de la fecha y el lugar de la vista, y
tendrían derecho a «testificar, aducir pruebas
y presentar cualquier objeto susceptible de ser
tenido en cuenta». El solicitante tenía que
«revelar completamente todos los hechos pertinentes
» y demostrar que el acto por el que se
solicitaba la amnistía «era un acto relacionado
con un objetivo político cometido en el curso
de los conflictos del pasado».
Era probable que las consecuencias fuesen
graves desde el punto de vista de los derechos
de las víctimas, ya que un solicitante que consiguiese
la amnistía gozaría de protección permanente
frente a cualquier responsabilidad
penal o civil con respecto al delito admitido.
En la Ley no se exigía que el responsable de
los abusos mostrase remordimientos o que
ofreciese una reparación al superviviente o su
familia. Los familiares de algunos destacados
activistas que lucharon contra el apartheid y
fueron víctimas de la brutalidad policial presentaron
un recurso contra estas disposiciones
ante el Tribunal Constitucional. El Tribunal
Capítulo 2: La lucha contra la tortura: ejemplos 59
admitió que las disposiciones tenían una gran
repercusión en los derechos fundamentales
que la nueva Constitución protegía y dictaminó
que, en realidad, el epílogo limitaba esos
derechos, y que las víctimas tendrían que pensar
en un programa estatal más amplio de reparaciones
posteriores al apartheid para obtener
una indemnización.43 En resumen, fue un malabarismo
entre lo que se consideraba la «seguridad
nacional» y lo que pedían las víctimas.
Sólo el tiempo diría si los frutos de «revelar
completamente» la información durante el proceso
de amnistía que el Comité de Amnistía de
la Comisión de la Verdad y la Reconciliación
puso en marcha (véase infra), y la reconciliación
que se suponía que este proceso iba a propiciar
satisfarían las necesidades y reivindicaciones
de las víctimas y las obligaciones del
país en el ámbito internacional con respecto a
los derechos humanos.44
Durante el régimen de apartheid, las víctimas
de violaciones de derechos humanos,
como la tortura, o sus familiares habían tenido
que hacer frente a años de desmentidos por
parte de funcionarios que negaban que se
hubieran cometido las violaciones. Las pruebas
de torturas y malos tratos habituales y
generalizados que médicos, abogados y organizaciones
de vigilancia de los derechos humanos
habían acumulado eran simplemente rechazadas.
En la mayor parte de las ocasiones, los
tribunales hacían caso omiso de las declaraciones
sobre el trato que habían sufrido, a
manos de la policía de seguridad, víctimas que
eran sometidas a juicio tras pasar meses recluidas,
a menudo en régimen de incomunicación.
En el mejor de los casos, las víctimas podrían
llegar a un acuerdo extrajudicial en una causa
civil, pero la policía negaba toda responsabilidad.
Finalmente, la Comisión de la Verdad y
la Reconciliación y, en concreto, las vistas
públicas celebradas por uno de sus tres subcomités
(el Comité sobre Violaciones de Derechos
Humanos) dieron a los supervivientes o
sus familiares la oportunidad de relatar públicamente
sus dolorosas experiencias.
Las vistas
El Comité sobre Violaciones de Derechos
Humanos celebró una serie de vistas públicas
por todo el país para investigar y llegar a conclusiones
sobre las denuncias de las víctimas.
Estas vistas dieron a los supervivientes o a
miembros de sus familias la oportunidad de
contar lo que les había ocurrido y de decirle al
comité cuál era el resultado que esperaban del
trabajo sobre su caso. Las vistas se celebraron
en centros urbanos importantes, en ciudades
pequeñas y en zonas rurales, y a ellas asistían
miembros de las comunidades locales.
Celebradas a menudo en un ambiente de gran
emotividad, y dificultadas a veces por las complejidades
legales debidas a sentencias judiciales
que impedían que se diese el nombre
de los presuntos responsables de abusos sin
habérselo notificado con antelación,45 las vistas
se retransmitían por televisión y radio a
todo el país, y los medios de comunicación
escrita informaban ampliamente sobre ellas.
Entre los numerosos testimonios que se oyeron,
Gladys Nsizakalo, de la ciudad de Noupoort
(en el norte de la región de Karoo), declaró
al Comité sobre Violaciones de Derechos
Humanos que su hijo de 15 años, Siphiwo Nsizakalo,
había sufrido trastornos mentales tras
ser detenido y torturado en la década de los
ochenta. A ella le habían impedido visitarlo
durante tres meses. Declaró que, cuando al fin
pudo verlo en la comisaría de policía:
[Lo encontré] solo en la celda. Tenía las
manos y los pies atados. Cuando lo miré
como madre, me di cuenta de que estaba
trastornado mentalmente. Cuando me
vio, sólo se echó a llorar. Pude ver que mi
hijo había cambiado. Cuando le pregunté,
me dijo que no dejaban de darle palizas
[…] por eso estaba tan desquiciado.
Cogían un saco —un saco mojado— y lo
cubrían con ese saco. Lo metían en el
maletero [de un coche], lo llevaban a un
lugar que no conocía y después […] lo golpeaban
[…]. Ahora no puede hacer nada
por sí mismo.46
Durante los 18 meses en que se celebraron
estas vistas públicas, cientos de testigos narraron
de forma desgarradora las torturas y los
malos tratos sufridos a manos de la policía y
de otros agentes del estado del apartheid.47
También hubo relatos de torturas y malos tratos
infligidos por organizaciones de la oposición,
entre ellas el Congreso Nacional Africano
en el exilio, en campos que controlaban
fuera de Sudáfrica. La Comisión de la Verdad
y la Reconciliación consideraba que estas vistas
eran fundamentales para conseguir uno de
sus objetivos establecidos por ley: «Devolver
la dignidad humana y civil a estas víctimas,
dándoles la oportunidad de relatar sus propias
experiencias de las violaciones de que fueron
víctimas». También afirmó que «pusieron al
descubierto la amplitud de las graves violaciones
de derechos humanos e hicieron que a
los sudafricanos les resultase imposible volver
a negar que estas violaciones se habían cometido
en realidad».48
En una sociedad tremendamente dividida
en la que las numerosas personas que se habían
beneficiado del sistema del apartheid
habían hecho caso omiso de las violaciones
60 Contra la tortura • Manual de acción
de derechos humanos sistemáticas y generalizadas,
fue el escalofriante testimonio de los
autores de esas violaciones lo que rompió la
barrera de la negación de los hechos. La Comisión
concluyó: «Al analizar sus esfuerzos por
sacar a la luz la verdad más escondida que hay
detrás de las violaciones de la época del apartheid,
[la Comisión] reconoce con franqueza
que gran parte de su éxito se debe a que un
gran número de miembros de la policía de
seguridad aprovecharon la posibilidad de
amnistía a cambio de revelar completamente
los hechos». También reconoció que lo que
indujo a estos agentes de seguridad a hablar fue
el alcance de las revelaciones realizadas por
uno de ellos, Eugene de Kock, «que rompió el
código de silencio».49 Este ex jefe de una unidad
secreta de la policía con sede en Vlakplaas
había sido procesado ante el Tribunal Superior
de Pretoria por varios cargos de asesinato
y otros delitos. Aprovechando las disposiciones
de la Ley de 1995, presentó una petición
de amnistía desde la prisión de máxima seguridad
C-MAX, en Pretoria, donde cumplía
varias cadenas perpetuas. Las vistas sobre su
larga solicitud amenazaron con desvelar el
papel de otras personas en sus delitos. Fue en
parte el temor a un posible procesamiento lo
que llevó a otros miembros de la policía de
seguridad a solicitar una amnistía. Los responsables
pertenecientes a otros cuerpos, como
el militar, no se sintieron amenazados del mismo
modo, y resultó llamativo el hecho de que
no presentaran peticiones de amnistía.50










